1) Poseer documentación escolar clara y probatoria de los años concluidos y en el caso de que se culminen los estudios, el interesado debera obtener el certificado o título que expide el país donde prosiguieron sus estudios.
2) Seguir el circuito de legalizaciones para la certificación de las firmas de todas las autoridades intervinientes en la documentación escolar. Es necesaria la firma de una autoridad educativa superior a las del establecimiento escolar (Secretaría de Educación, Ministerio de Educación, Regional Educativa, u otras dependencias competentes), luego la legalización en Relaciones Exteriores del país en cuestión y por último el Consulado argentino donde fue extendida la documentación del Consulado argentino.
3) Toda documentación escolar escrita en lengua extranjera deberá ser traducida en nuestro país por Traductor Público Nacional y legalizada por el Colegio de Traductores que corresponda. Queda exceptuado Brasil por ser parte integrante del MERCOSUR
Tomar estos recaudos redundará en beneficio de la simplificación de los trámites de reconocimiento, tanto para el interesado como para quienes recepcionen la documentacion escolar.
Se sugiere tener en cuenta que este Departamento está disponible para cualquier consulta que la jurisdicción necesite y para los alumnos que tengan que emigrar e insertarse en otro Sistema Educativo, como así también para su regreso.
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